Por las razones expuestas, este Tribunal Sexto en funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud y por lo tanto ratifica y mantiene la medida cautelar sustitutiva de Libertad, consistente en la presentación periódica a cada 4 días por ante la Taquilla de presentación de imputados de conformidad con el artículo 256 0rdinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del presunto imputado, ciudadano JUAN CARLOS MOLINA COLMENAREZ, Cédula de Identidad N° 17357289, residenciado en la Avenida Lara Residencias Parque Central, Torre B. apto. 10-13 al lado del Colegio Las Colinas de esta ciudad, por la comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal. Notifíquese, Regístrese.