Por las razones expuestas, este Tribunal en Funciones de Control N° 6, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud y por lo tanto, RATIFICA y MNATIENE la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la presunta imputada, ciudadana, TANIA MARLELEN BALLESTER, divorciada, residenciada en la Urbanización Gil Fortoul, Bloque 8, 1er piso, Apartamento 4-B, Barquisimeto, por la presunta comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal. Regístrese y líbrese Boletas.