Este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara SIN LUGAR la Acción de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal intentada por el Abogado Alirio Echeverría inscrito en el IPSA bajo el Nº 92.426 a favor de los ciudadanos EDGAR QUERALES y JORGE DORANTES, de quienes se desconocen mayores datos de identificación, por cuanto de autos no se evidencia la violación o amenaza de lesión de los derechos y garantías fundamentales que le asisten a los ciudadanos, que en este caso en particular radica en el Derecho a la Libertad y Seguridad Personal.
Por otra parte, declara CON LUGAR la Acción de Habeas Corpus incoada por el Abogado Alirio Echeverría inscrito en el IPSA bajo el Nº 92.426 a favor de los ciudadanos CAMPERO QUERO EUDIS JAVIER, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 7.4123.025 y VALERA LINAREZ RUBEN JOSE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 16.403.577, por c.....