D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el ciudadano JEAN CARLOS BERMUDEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.950.737, domiciliado en la carrera 06 entre 18 y 19 N° 18-73, Barrio Unión, por la comisión del delito precalificado. Por cuanto están dados los presupuestos del artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acordó el Procedimiento Ordinario.