DISPOSITIVA
En mèrito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, a tenor de lo dispuesto en el artìculo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, declara procedente la Orden de Aprehensión solicitada por el Ministerio Público, en contra de los ciudadanos Carlos Xavier Valera, cédula de identidad Nº: 16.232.312, y Ery Ramón Perfeto Pérez, cédula de identidad Nº: 16.750.771, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado en la ejecución de un Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º del Código Penal, donde la víctima es el ciudadano Ernesto José Valera Guédez, cédula de identidad Nº:9.579.080; y fue víctima del delito robo igualmente la Empresa Blindados Centro Occidente, S.A, por estar llenos los extre.....