Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 250 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal por razones de extrema necesidad y urgencia, ORDENA LA APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL de los investigados RAMIREZ ANTONIO JHOAN, (apodado El Picis), venezolano, mayor de edad, indocumentado, nacido el 23 de marzo de 1986, residenciado en el Barrio San Jacinto, final calle 5, sector La Cocuiza, Parroquia Unión de Barquisimeto del Estado Lara; y el ciudadano CORTES LOZADA VICTOR HUGO, (apodado El Chopo), titular de la Cédula de Identidad Nº 16.866.381, residenciado en el Barrio San Jacinto final calle 5, casa sin numero de Barquisimeto del Estado Lara, en virtud de la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal Vigente.....