DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal quinto de primera instancia en funciones Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara , administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA a la acusada a cumplir la pena, por "ADMISIÓN DE LOS HECHOS" de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION , por la comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE DROGAS EN GRADO DE COMPLICE SIMPLE previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en concordancia con el artículo 84 numeral 3º del Código Penal y el delito de USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR Artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se le CONDENA, igualmente a la acusada al pago de las accesorias de Ley contenidas en el artículo 16 del Código Penal; y, se le CONDENA al pago de las costas "personales", de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Orgánico Proc.....