Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control No. 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley; DECIDE: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en calidad de depósito de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano, RAUL EUGENIO MENDOZA RIVAS, cedula de identidad N° V-14.591.291, venezolano, de este domicilio, por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo: : CLASE: MOTOCICLETA, MARCA: HONDA, MODELO: CBR-400, TIPO: PASEO, USO: PARTICULAR, COLOR: ROJO Y NEGRO, PLACAS: NO PORTA, al mencionado ciudadano en calidad de depósito. Ofíciese al Estacionamiento Judicial CONCORDIA, a los fines realiza la entrega de dicho vehículo dando lo ordenado por este tribunal. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase. Librense oficios correspondientes.