Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en calidad de depósito de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a el ciudadano, Ángel Enrique Trompiz Ruiz cedula de identidad N° 4.817.591, Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial El corralón ubicado en la carretera vieja vía Carora, Estado Lara, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo CAMION DE CARGA, tipo: CISTERNA, año: 1956, marca: REO, placas: 621-KBE, color: rojo y verde, serial de carrocería, F22RL520790, SERIAL DE MOTOR: 331209849 a el mencionado ciudadano en calidad de depósito. De la misma manera se exonera al solicitante del pago de cualquier pago por concepto de estacionamiento e invocando la Jurisprudencia de ala Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en ponencia de la Magistrada.....