Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 250 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal por razones de extrema necesidad y urgencia, ORDENA LA APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL de del ciudadano VALDEMAR MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.087.009, obrero, residenciado en Cerrito Blancos, calle 1B entre 20 y 22, casa sin frizar, de la ciudad de Barquisimeto del Estado Lara; en virtud de la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la ciudadana HERNANDEZ VIVAS LUCIBEL PASTORA. Ofíciese Ordenando la Aprehensión a nivel nacional a los Cuerpos Policiales correspondientes con la advertencia que una vez aprehendido deberá ser trasladado a la Sa.....