Este Tribunal de Control Nro 5 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados: KARLA JHOANA DURAN, Titular de la Cedula de identidad N° 14.880.349 y el ciudadano DARWIN DAVID ALVAREZ COLMENAREZ, Titular de la Cedula de identidad N° 19.640.938, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACINTES Y PSICITROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas y con la agravante especifica del articulo 43 numeral 1° Ejusdem, por cuanto son concurrentes los presupuestos del artículo 250 y se dan los extremos del artículo 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la ciudadana CELIA MILENA PRINCIPAL TORRES, Titular de la Cedula de identidad N° 18.261.543, se acuerda imponer la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, .....