DECISION:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana del Estado Lara. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta a favor de la Ciudadano, CARLOS ARGENIS OVIEDO BULLONES, ANTES IDENTIFICADO, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el Artículo. 256 Ord. 3ero presentación cada 8 días por ante la URDD, Ord. 4to prohibición de salida del Estado Lara, 9no se ordena someterlo a tratamiento de cura y desintoxicación en el Hospital Luís Gómez López. Líbrese oficio al Hospital a la unidad de agudo. Se ordena librar boleta de libertad., Se acuerda Procedimiento ordinario. ASI SE DECRETA. Publíquese, Regístrese, Diarícese, Cúmplase.-