Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la Entrega Plena del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano REINALDO CASTRECHINI TROTTA, titular de la cedula de identidad N° V.- 8.575.318, en su carácter de presidente de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE SEQUIN C. A Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial “COUNTRY” de esta ciudad que por decisión de esta misma fecha se acordó la Entrega Plena del vehículo clase: CAMION, marca: MACK modelo: R600, color: AMARILLO, Tipo: CHUTO, placa: 39L-AAS, Serial de la carrocería: R609TV21618 original., al mencionado ciudadano. TERCERO: La exoneración de los emolumentos por concepto de estacionamiento. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.