DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control No. 5 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Con Lugar el Recurso de Habeas Corpus, solicitado por el Abog. Armiño Lugo, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 23, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a favor de los ciudadanos Teolindo Ramón Colmenárez y José Pastor Torres, venezolano, titulares de las Cédulas de Identidad No. 6.656.016 y 7.374.697. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Notifíquese de la Decisión al Fiscal Vigesima Primera del Ministerio Publico del Estado Lara y a las partes. Consúltese esta decisión a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial en su oportunidad legal y conforme al artículo 43 de La Ley .....