DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No. 5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en calidad de depósito de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana DILIA MORENO DE ALEJOS, cedula de identidad N° 3.317.485 en su condición de apoderada de la ciudadana ANA ARACELIS ALVARADO, cedula de identidad N° 07.985.254, Segundo: Oficiar al Estacionamiento Judicial Concordia, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo Placas: XHG-495, Serial de Carrocería Nº 5C695HV321141, Marca: CHEVROLET, Modelo: CHEVETTE L 4 PT, Año: 1987, Color: BLANCO, Clase AUTOMOVIL, Tipo: SEDAN, Uso: PARTICULAR, a el mencionado ciudadano en calidad de depósito. Notifíquese a las Partes. Regístrese. Cúmplase.