En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Quinto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, 1.- Se acuerda la Prosecución del presente asunto a través del PROCEDIMIENTO ABREVIADO solicitado por el Ministerio Publico al cual se adhiere la defensa conforme a lo establecido en el articulo 373 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. 2.- Este Tribunal acuerda imponer al imputado DUNO RINCONES ROISNEL ROBERTO, de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el artículo 256 ordinales 3º y 6º del Código Orgánico Procesal Penal la cual es presentación cada 8 días por ante la taquilla de presentación de Imputados del Circuito Judicial Penal de este Estado y Prohibición de acercarse a los ciudadanos JOSE MANUEL MENDOZA, FABIO AUGUSTO PARRA GONZÁLEZ Y LINAREZ GONZÁLEZ LUIS ERNESTO. Y así se decide.
Dada, Sellada y Firmada en el Palacio de Justicia, a los .....