Este Tribunal de Control Nro 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA INADMISIBLE, la solicitud del Ministerio Público de AUTORIZACIÓN PARA PRESCINDIR TOTALMENTE DEL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL, a favor de la ciudadanas VARGAS YASMIN DILFRETH y DIONNYS MARCHAN VARGAS, por el delito de LESIONES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos en perjuicio de la ciudadana ROJAS LUCILA DEL CARMEN. Se ordenó la remisión del presente asunto a la Fiscalía Superior del Ministerio Público.