En cuanto a la Medida de Coerción personal solicitada por la representación fiscal, se les impone a los ciudadanos, RAFAEL AGÜERO MARTINEZ, EDDY OSWALDO PEREZ SUAREZ, OSCAR ALEXANDER PIÑANGO VARGAS, LIDO SALVADOR ALVAREZ ESPINOSA, CARLOS ALBERTO PEREZ GARCIA, DANNY ALBERTO SANCHEZ y RAMON ANTONIO RODRIGUEZ, la medida cautelar sustitutiva, prevista en el articulo 256 ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse al Tribunal una vez cada ocho(08) días ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara en virtud de que los mismos son funcionarios policiales activos y esta medida resulta suficiente para asegurar la comparecencia a los actos del proceso. En relación al ciudadano WILMER JOSE DURAN YANEZ, verificado el sistema, el Tribunal de Juicio 4, en ocasión de este inconveniente acordara su traslado al internado Judicial Tocuyito, se acuerda oficiar al Tribunal de juicio 4 de la presente decisión, se ordenó su reingreso en la Co.....