DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: Se Declara con Lugar la Aprehensión en Flagrancia de la ciudadana Rosa Arelys Bernal Leal, C.I. Nº V- 10.816.454, conforme lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la tramitación de la causa por el Procedimiento Abreviado, de conformidad en los artículos 372 y 373 de la norma adjetiva; TERCERO: Se Acuerda otorgar Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad las contenidas en los ordinales 3º y 9º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal como es la presentación por Taquilla de imputado de presentación cada 30 días, por este Circuito Judicial, y prohibición de portar armas de fuego.
Regístrese, Publíquese.