DISPOSITIVA
Es por las razones, antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 4, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; PRIMERO: Se Declara Con Lugar la Aprehensión en Flagrancia, llenos como se encuentran los extremos indicados en el articulo 44 ordinal 1 de la Constitución en concordancia con el Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se acuerda continuar la presente causa por vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se Decreta la Medida de Privación Preventiva de Libertad, en contra de: Olmer José Alejos Suárez, C.I. V- 18.104.239 y Mauricio Felipe García García, C.I. V- 19.883.483, por el delito de: Ocultación de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el 2do aparte del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y Uso de Adolescente para Delinquir, previs.....