este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Con fundamento en el artículo 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se dictó el siguiente pronunciamiento: Primero: Se ORDENO continuar la investigación por el procedimiento Ordinario. Segundo: Se ORDENO LA LIBERTAD del ciudadano COLMENAREZ JOSÉ PASTOR, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No V-14.937.835. Se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Lara. Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
LA JUEZA DE CONTROL Nº 4