DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara. PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSION EN FLAGRANCIA, de conformidad con el ordinal 1º del artículo 44 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la tramitación de la causa por el PROCEDIMIENTO DE CONSUMO de conformidad con el 141 del la Ley Orgánica de Drogas. TERCERO: Se ordena asistir a jornadas de desintoxicación y ordena practicar los exámenes contenidos en el artículo 141 de la Ley orgánica de drogas en la ONA para el día 04-07-2012 a las 10:00 a.m. Líbrese boleta de Libertad.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal, en la ciudad de Barquisimeto, a los Veintiún (21) días del mes de Junio del 2012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.