este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 256 numeral 1º del Código Adjetivo Penal, se dicta el siguiente pronunciamiento: Se decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD DE ARRESTO DOMICILIARIO a JESÚS MARIA RODRÍGUEZ YÁNEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.197.528. Por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Las partes quedaron notificadas de conformidad con el artículo 175 del Código Adjetivo Penal.