este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 44 numeral 1º 49 numeral 3º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 190, 191 y 287 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal dictó el siguiente pronunciamiento: Primero: Declaró la NULIDAD ABSOLUTA DE LA PRESENTACIÓN DEL IMPUTADO JAVIER RAMÓN VELAZCO NÚÑEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.191.540. Segundo: Ordena remitir copia de las actuaciones policiales y copia de la presente decisión, a la Fiscalía 21 del Ministerio Público, a lo fines que de considerarlo procedente aperture la investigación. Tercero: Ordena remitir las actuaciones a la Fiscalía Décima del Ministerio Público. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese las Boletas y Oficios correspondientes. Regístrese. Publíquese. Remítas.....