este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el ordinal 3°, presentarse cada ocho (08) días ante la taquilla de la URDD, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos: SILVA GÓMES EFRAIN ELIAS, titular de la cedula de identidad Nº 15.667.757, venezolano, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, de 25 años de edad, nacido el 08-01-1980, hijo de Cristina de Silva (m) y Avasdimir Silva (p), residenciado en la Urbanización el ujano primera etapa, calle 5 entre carrera 5 y 6, casa Nº 4139, de Barquisimeto estado Lara, y la ciudadana: WENDY MARÍA VALLES RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 13.189.508.venezolano, mayor de edad, soltera, estudiante, de 31 años nacida el 13-05-1976, y residenciada en en la Urbanización el ujano primera etapa, .....