Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control No 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se decreta el Sobreseimiento de la Presente causa de acuerdo a lo establecido en el Articulo 318 numeral 3° en concordancia con el articulo 48 numeral 6° del Código Orgánico Procesal Penal, por extinción de la acción penal a favor del Ciudadano JULIO JOSE PRADO, cédula de identidad Nº V-15.886.136. Se acuerdan copias simples a todas las partes, así mismo se acuerdan copias simples del acta de la audiencia anterior a la fiscalia. Diarícese. Publíquese. Cúmplase.