Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENO ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO contra los acusados ALEXIS DAVID PÉREZ, titular de la Cédula de la Cédula de Identidad No 15.666.166 Por la presunta comisión del delito HURTO CALIFICADO, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 453 Ordinal 5º del Código Penal y ALEXANDER EDUARDO MENDOZA CAMACARO, titular de la Cédula de la Cédula de Identidad No 14.512.686, por la presunta comisión del Delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICE NECESARIO, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 453 Ordinal 1º en concordancia con el articulo 84 numeral 1º del Código Penal. Se emplazó a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio que le corre.....