este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 248, 280, 373 y 256 numeral 3 del Código Adjetivo Penal dictó el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se califica con lugar la Aprehensión en Flagrancia. SEGUNDO: Se decreta la continuación de la investigación por el Procedimiento Ordinario. TERCERO: Se decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a FRANCISCO RAMÓN MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.241.513. JOSÉ ALBERTO ALVARADO BULLONES, titular de la Cédula de Identidad N° 16.003.888. JHONATHAN MANUEL SANDOVAL PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 20.470.102, por la presunta comisión del DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, de conformidad con el artículo 256 nu.....