Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declarar con Lugar la solicitud efectuada por el solicitante y en consecuencia se Acuerda Entregar en DEPOSITO, GUARDIA Y CUSTODIA al Ciudadano ADOLFO EMILIO CARAO FERMIN, titular de cédula de identidad N° V-11.595.889, el Vehículo con las características: PLACA: PBA-165; SERIAL DE CARROCERIA: 2F60122057; SERIAL DEL MOTOR: 2F855367; MARCA: TOYOTA; MODELO: SAMURAY; AÑO: 1984; COLOR: AZUL; CLASE: CAMIONETA; TIPO: SPORT WAGON; USO: PARTICULAR, propiedad que consta en Certificado de Registro de Vehículo N° 23207634 (FJ60122057), de fecha 23 de DICIEMBRE de 2003, todo de conformidad con el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Entregar la documentación original agregada a la presente causa que acredite la identificación del ante referido vehículo.....