En vista de las consideraciones expuestas, este tribunal Cuarto de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AUXILIO JUDICIAL planteada, por el Ciudadano RICHARD ANTONIO MEDINA GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.6646.349, con domicilio procesal en la carrera 17, entre calles 27 y 28, Edificio Campanario Uno, piso 2, oficina 09 de esta ciudad, debidamente asistida por el abogado Amilcar Rafael Villavicencio López, inscrito en el Inpre abogado bajo en Nº 90.413, domicilio procesal en la carrera 17, entre calles 27 y 28, Edificio Campanario Uno, piso 2, oficina 09 de esta ciudad y quien se estima víctima de los delitos de DIFAMACION, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal o INJURIA, previsto y sancionado en el artículo 443 ajusdem. En virtud de lo resuelto se acuerda requerir mediante oficio al Fiscal Superior del Ministerio Públi.....