Por todas las razones expuestas, Este Tribunal en funciones de Control N° 3, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la solicitud de vehículo interpuesto por la ciudadana MAGDY DANIEL GHANNAM apoderada de la firma Comercial ARRENDADORA ANVI C.A., en contra de la decisión dictada por la Fiscalia Publica en fecha 28 de Septiembre de 2006, que le NEGÓ la ENTREGA DEL VEHÍCULO placas 283-GBI, marca MACK, modelo R609TV, color AMARILLO, clase CAMION, uso Carga, tipo CHUTO.-
SEGUNDO: DECRETA LA ENTREGA SOLO EN CALIDAD DE DEPÓSITO, DEL VEHÍCULO placas 283-GBI, marca MACK, modelo R609TV, color AMARILLO, clase CAMION, uso Carga, tipo CHUTO a la Firma Comercial ARRENDADORA ANVI C.A, sociedad comercial inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, inscrita bajo el N° 37, Tomo 17-A quien queda sujeto a las siguientes condici.....