PRIMERO: CONDENA al ciudadano: Wilmer Yépez Pérez, titular Cédula de Identidad Nº V-22.278.759, nacido el 07-08-1984, nacida en Barquisimeto, de 18 años de edad, Venezolano, Estado Civil: Soltero, de Ocupación: Oficios del Hogar, residenciado el Garabatal, Av. 2, calle 6, Vereda 1, Maria Pérez Daza, Casa BLANCA, detrás de una licorería en la vereda 7. Teléfono: 0426-4547037 (abuela), a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias a la de prisión previstas en el artículo 16 del Código Penal, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procésales respectivas, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración y Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 458 en relación con el segundo aparte del articulo 80 y 277 del Código Penal. SEGUNDO: CONDENA a los ciudadanos: Luís José Cova Barreto, titular Cédula de Identidad Nº V-20.192.182, nacido el 11-12-19901, nacido en .....