PRIMERO: admitió totalmente la acusación y todos los medios probatorios presentados por el fiscal 7° del Ministerio Público, por ser legales, útiles y pertinentes. SEGUNDO: CONDENO AL ACUSADO: GIOVANNY RAMÓN PACHECO SOTO, Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 19 años de edad, nacido en fecha 04-01-86, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Giovanny Eduardo Pacheco y de Yoraima Josefina Soto, titular de la Cédula de Identidad N° V-INDOCUMENTADO y residenciado en el barrio El Carmen, carrera 9B, con Calle 2°, casa S/N°, al frente de la Bodega Márquez de esta ciudad, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, por la comisión del delito de: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal. SE CONDENO A CUMPLIR LAS PENAS ACCESORIAS DE LEY, de conformidad con el artículo 16 del Código Penal vigente. SE CONDENO AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES, según lo dispuesto en los artículos 265 y 267 del Código Org.....