Por todo lo antes señalado este Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE la Entrega del Vehículo: Placa: DJ5-14T; Serial de Carrocería: 1W69AEV308888, Serial del Motor: TI005DRH; Marca: Chevrolet; Modelo: Malibu; Año: 1984; Color: Vinotinto; Clase: Automovil; Tipo: Sedan: Uso: Transporte Publico, al ciudadano ANGEL RADAME RIVAS PIÑA, titular de la cédula de identidad N° 11.597.279, en CALIDAD DE DEPOSITO con la expresa obligación de presentarlo cada vez que sea requerido. SEGUNDO: Se prohíbe a la guarda custodiante la ejecución de cualquier acto que pueda significar el traslado de la posesión o de la propiedad del vehículo, y sólo podrá circular con el mismo la depositario, so pena de la posible imposición de sanciones por tales hechos; Y ASÍ SE DECIDE.
Notifíquese a las partes. Ofíciese al Jefe del Estacionamiento Corralón. Devuélvase los documentos originales y en su lugar insértese Copias Certificadas d.....