DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, oídas las exposiciones de las Partes y de sus Alegatos, así como la Admisión de Hechos por parte de los Acusado y la no Oposición de la Representación Fiscal, este Tribunal de Control No. 03, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide en los siguientes Términos: PRIMERO: DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 330, 2 DEL COPP, ADMITE LA ACUSACIÓN FISCAL PRESENTADA EN CONTRA de BENITO JOSE MORENO CARVAJAL , por la comisión del delito de CONTAMINACION POR UNIDADES DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley del Ambiente. SEGUNDO: ADMITE LAS PRUEBAS PRESENTADAS POR LA REPRESENTACIÓN FISCAL, por considerar que las mismas son necesarias, lícitas, legales, útiles y pertinentes,- TERCERO: OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a la acusado BENITO JOSE MORENO CARVAJAL , plenamente identificada, por el delito de CONTAMINACION POR UNID.....