En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en razón del Procedimiento y la Medida en los siguiente términos: PRIMERO: Se Acuerda la Continuación del asunto por el Procedimiento Especial a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 93 y 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia SEGUNDO: El imputado deberá comparecer a la Fiscalia del Ministerio Publico y ante este Tribunal las veces que sea requerido. Y ASÍ SE DECIDE
Regístrese, Publíquese.
EL JUEZ
ABG. LUIS MARTINEZ LA SECRETARIA
ABG. ESTH.....