D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 3, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda imponer la medida de privación judicial preventiva libertad a los ciudadanos CARLOS JOSE RODRÍGUEZ ESCALONA, venezolano, cédula de identidad no porta ( no cedulado), nacido en fecha 20-08-1976, hijo de Mireya Josefina Escalona y Arismendi Rodríguez, residenciado en Barrio Los Pocitos 4, calle 4 con calle 10 S/N, cerca de la parada de taxi y la Bodega, Barquisimeto Estado Lara; Y JOSE DANIEL YANEZ JIMENEZ, venezolano, cédula de identidad Nº 18.949.932, nacido en fecha 27-11-1984, hijo de Fermina Isabel Jiménez y Daniel José Lanz, residenciado en Sector 2, calle 3 Los Pocitos, Nº 49, cerca de la Casa del Niño, Barquisimeto Estado Lara, por la presunta comisión del delito de Robo Genérico, p.....