Por las razones antes expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda La Extinción de la Acción Penal a favor de la Ciudadana, NAYIBE MARGARITA BELLO RODRÍGUEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 13.652.315, ampliamente identificada, y en consecuencia Se Decreta el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con los artículos 48 ordinal 7º y 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; Regístrese, Publíquese y Notifíquese; Una vez Decretada Firme la Decisión Remítase las actuaciones al Archivo Judicial de este Circuito para su conservación. CÚMPLASE.
EL JUEZ
ABG. LUÍS A. MARTÍNEZ
LA SECRETARIA
ABG. ESTHER CAMARGO