Este Juzgado de Control No. 3 Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, estima prudente revisar la Medida Cautelar impuesta al imputado Luís Gerardo Parra Paradas, C.I. 11.851.763, domiciliado en Calle Los Cedros La Miel, Estado Lara. contenida en el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia a partir de la presente fecha acuerda la Presentación cada 15 dias ante la Prefectura del Municipio Simón Planas.-