PRIMERO: La Suspensión condicional del proceso al ciudadano DIXON ALBERTO PEREZ estableciendo como régimen de prueba durante el lapso de DOS (02) AÑOS de conformidad con el ultimo aparte del articulo 45 del Código orgánico procesal Penal; y se impone la siguientes condiciones: 1.- mantenerse en el lugar de residencia y en caso de cambio informar al tribunal. 2.- mantenerse laborablemente activo. 3.- Realizar trabajo comunitario por 120 horas. 4.- asistir a charlas para la prevención del delito.
SEGUNDO: Se dicta el correspondiente auto de Apertura del Juicio Oral y Público al ciudadano JOSHUAR XAVIER VALERA PEREZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº 19.779.165, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 26-03-1988, hijo de Zoila Pérez y Carlos Valera, Grado de Instrucción 4to Año, Oficio Carpintero. Residenciado en pueblo nuevo, carrera 5 entre calles 10 y 11, por los delitos de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley sobre extorsión y secuestro, ROBO AGRAVADO DE.....