DISPOSITIVA
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este tribunal de Control Nº 3, por cuanto el Ministerio Público no presentó el acto conclusivo en el lapso establecido en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a sustituir de manera inmediata la privación judicial preventiva de libertad por medida cautelar sustitutiva de libertad impone la medida cautelar sustitutiva contenida en Artículo 256 numeral 3 presentación cada ocho 8 días por la taquilla de presentaciones del Circuito Judcial Penal del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados YOHANA ESTHER CORDERO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.868.194, nacido en Barquisimeto-Estado Lara, en fecha 13-04-84, de 28 años de edad, hija de Hilda López y José Antonio Cordero, Grado de Instrucción: Técnico Superior, de profesión u oficio: Comerciante, Casada, domiciliada la avenida Pedro León Torres Con calle 59 residencia Sota Vento piso 4 apartamento 4-.....