Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Admite Totalmente la Acusación Fiscal así como las pruebas ofrecidas. de conformidad con lo previsto en el articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal , en relación a la participación de los hechos correspondientes al Ciudadano ROBERT ANDERSON PALACIOS , por el delito de POSECION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICA Y DETENTACION ILICITA DE ARME DE FUEGO SEGUNDO: ACUERDA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, manifestada por el ciudadano ROBERT ANDERSON PALACIOS de conformidad con lo establecido en el articulo 376 ejusdem, quien es Venezolano, de 25 años de edad, , Titular de la Cedula de Identidad N° 16.899.620 reside en la calle 4 de las Delicias al lado de la escuela San Antonio de Paula casa S/N. En consecuencia se CONDENA al ciudadano a UN (01) AÑO, DIEZ(10) MESES y QUINCE (15) DIAS de pri.....