DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: NERIZ DARIO ADARFIO, titular Cédula de Identidad Nº 6.150.719, nacido el 26/01/57, de 55 años de edad, nacido en Bobare Estado Lara, Estado Civil: Casado, de Ocupación: chofer, residenciado en: Barrio la peña, sector 3, calle principal, casa S/N, de color azul, a dos cuadras de una cancha. Barquisimeto Estado Lara, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procésales respectivas, por encontrarla culpable de la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente para .....