DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA: PRIMERO: SE IMPONE al ciudadano: JOEL ERNESTO INFANTE AZUAJE, titular de la cédula de identidad 16.323.064, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, el 05.04.82, de 29 años de edad, Venezolano, Soltero, residenciado en el Sector 2 DE LA CARUCIEÑA avenida 2, vereda 22 Nº casa 14, diagonal a la panadería Pollipan, teléfono: 0426.954.06.16 Barquisimeto, Estado Lara, la medida de presentación de conformidad con el articulo 256.3 del COPP, presentaciones presentación periódica cada (15) QUINCE DIAS. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión librada en su oportunidad contra el ciudadano: JOEL ERNESTO INFANTE AZUAJE, titular de la cédula de identidad 16.323.064. TERCERO: Se fija fecha para celebración de audiencia preliminar el día 14-11-2011 A LAS 10:30AM.