PRIMERO: De conformidad con el numeral 1 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal:
SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los fines de juzgar al acusado:
.- RAMON JOSE GODOY REA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 22.301.423, nacido el 11/01/1989, en el Estado Soltero, de 22 años de edad, hijo de Edilio Vásquez y de Maria Sotera Rea, Grado de Instrucción 3er grado, Ocupación: obrero, Domiciliado en el Caserío Cabimba, calle principal casa sin numero, a cuadra y media de la cancha deportiva, Municipio Simón Planas.
SEGUNDO: De conformidad con el numeral 2 del artículo 331del Código Orgánico Procesal Penal:
LOS PRENOMBRADOS ACUSADOS SERÁN JUZGADOS POR LOS SIGUIENTES HECHOS:
En fecha 25 de Agosto del 2010, aproximadamente a las 7:00 de la noche los funcionarios Distinguido JULIO OCHOA y Agente DANNY MORALES, adscritos al puesto Policial Manzanita del Cuerpo Policial del Estado Lara, fueron comisionados por el jefe de los serv.....