DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA, contra de los ciudadanos DAYANA YOENY COLMENAREZ JIMENEZ, venezolana, cédula de identidad N° 16.794.001, de 21 años de edad, residenciada calle 26 entre carreras 23 y 24 casa N° 95, Barquisimeto, GABRIEL ALEJANDRO ANGULO VASQUEZ, quien es venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.279.873, de 21 años de edad, residenciado carrera 23 esquina de la calle 28, casa S/N, al lado de la Lotería Toda Hora, WLADIMIR ALEJANDRO YEPEZ SOTO, venezolano, cédula de identidad N° 17.306.733, por cuanto están dados los presupuestos del Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; por el delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA, previstos y sancionados en los artículos .....