PRIMERO: De conformidad con el numeral 1 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal:
SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, A LOS FINES DE JUZGAR A LOS ACUSADOS:
.- JOSÉ FERNANDO CAÑIZÁLEZ REINOSO, CI: 23.553.558, de 18 años de edad, soltero, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 17/08/1992, hijo de Félix Cánsales y Nora Reinoso, profesión u oficio: Carpintero, residenciado en el Barrio Santa Rosalía, casa Nº T-12, cerca del CDI. Estado Lara.
SEGUNDO: De conformidad con el numeral 2 del artículo 331del Código Orgánico Procesal Penal:
EL PRENOMBRADO ACUSADO SERA JUZGADO POR LOS SIGUIENTES HECHOS:
En fecha 18 de Octubre del 2010, los funcionarios SUB INSPECTOR GARCIA GERMAN, S/2DO NAUDY GIMENEZ, C/1RO PERAZA SAUL Y AGENTE YOHAN SANCHEZ, adscritos a la Comisaria La Paz del Cuero de Policía del estado Lara, integrantes de la unidad VP-1887, siendo la 1:10 de la tarde se encontraban en labores de patrullaje en el Barrio Santa Rosalía, sector el Tr.....