DISPOSITIVA
Oídas las partes este Tribunal acuerda 1) se acuerda dejar sin efecto la Orden de Captura por lo que deberá oficiarse a los organismos correspondientes, 2) se Admite Totalmente la acusación Fiscal así como las pruebas por ser lícitas necesarias y pertinentes, se deja constancia que la defensa se adhiere a la comunidad de la prueba; 3) se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso bajo las siguientes condiciones a) deberá presentarse ante este Tribunal por el lapso de Tres años, cada 5 meses por ante la URDD; b) Deberá traer Carta de Buena Conducta de su trabajo y de la Jefatura Civil; C) prohibición de Portar Armas. Se ordena la Libertad del ciudadano Luis Rondón.-