DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 318.3 del COPP, en relación con el artículo 48.1 eiusdem, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la ciudadana MIRLA COROMOTO QUIÑONEZ DE HENRIQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 7369607, por la comisión del delito de PROMOCION Y FOMENTO DE INVASIONES, tipificado en el articulo 471-A del Código Penal, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7° del artículo 48, queda extinguida la acción penal.
Notifíquese. Remítase Al archivo judicial.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto, a los 09 días del mes de septiembre de dos mil.....