mérito a las razones que preceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley; a tenor de lo dispuesto en el artículo 244 del COPP, en aplicación del articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela DECRETA el DECAIMIENTO de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el Art. 256 del COPP al ciudadano FELIX JOSE VARGAS ROSENDO, cédula de identidad 18950844, a quien se le imputo el 23-04-2005, el delito de posesión de estupefacientes.
Notifíquese al investigado que se ha decretado el decaimiento de la medida cautelar.
Notifíquese a la Fiscalía 22 del Ministerio Público, y a la Defensa Público Penal Abg. Ruth Blanco.
Dada, firmada, sellada en la Sala de Despacho, del Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lar.....